REGLAMENTACION PARA LAS FARMACIAS DE 2DA. CATEGORIA




Promulgación: 23/01/2003
Publicación: 28/01/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 158
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.703 de 11/01/1985 artículo 7.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I

Artículo 3

 (Definición) Se define el Servicio de Farmacia de una Institución como 
el servicio general, integrado funcional y jerárquicamente al grupo de 
servicios hospitalarios, siendo su cometido todo lo relacionado con el 
medicamento y afines, velando por el empleo racional y adecuado de los 
mismos, tanto en el plano asistencial, como preventivo, docente y de 
investigación. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 21.
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