CREACION DE LA COMISION TECNICA ASESORA HONORARIA CON EL COMETIDO DE DETERMINAR LOS PORCENTAJES DE RENDIMIENTO DE LAS UVAS EN VINOS, ORUJOS Y DE BORRAS




Promulgación: 14/05/1980
Publicación: 11/06/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 1019
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículo 213.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   La Comisión Técnica Asesora Honoraria desempeñará sus funciones en el
local de la Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y
Pesca, la cual, a su vez, deberá brindarle personal, información y demás
medios necesarios para su normal funcionamiento.

 Las Oficinas del Ministerio de Agricultura y Pesca, proporcionarán todos
los elementos de juicio y antecedentes que le sean requeridos por la
mencionada Comisión, a efectos de pronunciarse en los asuntos que son de
su competencia.
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