REGLAMENTACION DE LA LEY 19.628, RELATIVA A LA CREACION DEL MARCO NORMATIVO PARA LA EXPEDICION DEL CERTIFICADO DE DEFUNCION




Promulgación: 16/09/2019
Publicación: 30/09/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.628 de 21/06/2018.

Artículo 2

   El certificado de defunción deberá expedirse en formato electrónico, de conformidad con las disposiciones del Decreto N° 431/011 de 8 de diciembre de 2011. Cuando por causa de fuerza mayor el profesional médico no pueda expedir el certificado en formato electrónico, deberá expedirlo en formato papel, debiendo explicitar ante el Ministerio de Salud Pública los motivos de fuerza mayor que le impidieron expedirlo en formato electrónico.
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