No exhibición de certificado. La no exhibición del certificado actualizado del seguro, cuando sea requerido por la autoridad judicial, policial o administrativa, aún cuando exista el seguro, hará pasible a la empresa de una multa equivalente a 20 U.R. (veinte Unidades Reajustables) la primera vez y de 50 U.R. (cincuenta Unidades Reajustables) las siguientes.- En caso de reincidencia, se suspenderá la habilitación del vehículo para el transporte colectivo de pasajeros, hasta tanto no se acredite la existencia del seguro, el pago de la multa y los demás gastos.-Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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