CONTRATACION DE SEGURO POR RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Y EXTRACONTRACTUAL. TRANSPORTE TERRESTRE. TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS




Promulgación: 17/07/2001
Publicación: 23/07/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 123

Artículo 13

 Transporte Internacional. Respecto al seguro de transporte de pasajeros 
en viaje internacional regirán los Acuerdos sobre Transporte 
Internacional Terrestre suscritos por la República, en lo que fueren 
aplicables.-
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