AUTORIZACION AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA A PROCEDER AL LLAMADO A LICITACION PUBLICA PARA ADQUISION DE TRIGO




Promulgación: 17/05/1978
Publicación: 29/05/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

Las importaciones que se realicen al amparo del artículo 1º de este
decreto estarán exoneradas del pago de tributos a la importación o de
aplicación en ocasión de la misma, de cualquier recargo o consignación
previa establecido en función de la ley 12.670, de 17 de diciembre de
1959, incluso el recargo mínimo establecido por el decreto 125/977, de 2
de marzo de 1977, de tasas portuarias y tasas consulares. Asimismo
redúcese al 0% el impuesto aduanero único a las importaciones creado por
el artículo 1º de la ley 14.629, de 5 de enero de 1977 y la tasa de
movilización de bultos. 
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