REGLAMENTACION DE LA LEY N° 18.335 SOBRE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE PACIENTES Y USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD




Promulgación: 08/09/2010
Publicación: 16/09/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 756
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.335 de 15/08/2008.
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - HISTORIA CLINICA

Artículo 31

 Los adolescentes tienen derecho a que se guarde confidencialidad también
respecto de sus familiares, incluyendo a sus padres, tutores u otros
responsables, de los datos relativos a su salud que contenga su historia
clínica, salvo que a juicio del profesional de la salud actuante o de la
Dirección Técnica del servicio de salud exista riesgo grave para la salud
del usuario o paciente o de terceros.
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