REGLAMENTACION DE LA LEY 15.210 RELATIVO AL REGIMEN DE INTEGRACION DE MENORES A UN NUCLEO FAMILIAR ADECUADO




Promulgación: 22/07/1982
Publicación: 11/08/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 166
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.210 de 09/11/1981.

Artículo 8

          Si los padres comparecen, se les hará la intimación para que
se hagan cargo del menor dentro de los seis meses siguientes, bajo
apercibimiento de declararse la pérdida de la patria potestad; labrándose
un acta en que se dejarán las constancias pertinentes, así como las
manifestaciones que formularen los intimados. Si los padres no supieren,
no pudieren o, se negaren a firmar el acta, el funcionario actuante dejará
constancia de la circunstancia, firmándola con el jerarca de la
dependencia.
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