PARTIDAS PRESUPUESTALES. ANEP. UDELAR




Promulgación: 14/08/2006
Publicación: 21/08/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 305

Artículo 8

 Antes del cierre de cada ejercicio, deberá remitirse al Ministerio de
Economía y Finanzas por parte de los Organismos de Enseñanza ejecutores,
un cronograma financiero de la utilización, de las partidas
presupuestales referidas en el presente Decreto para el ejercicio
siguiente, especificando las necesidades mensuales de fondos por concepto
de gasto.
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