REGLAMENTACION DE LA LEY 19.765, RELATIVA AL ESTABLECIMIENTO DE UN REGIMEN ADUANERO ESPECIAL DE EXPORTACIONES DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS




Promulgación: 16/09/2019
Publicación: 26/09/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.765 de 21/06/2019.
   VISTO: la Ley N° 19.765 de 21 de junio de 2019, que establece el régimen aduanero especial de exportaciones de micro y pequeñas empresas. 

   RESULTANDO: I) que el artículo 1o de la ley citada permite la exportación definitiva, exenta del pago de todo tributo, de mercadería cuyo valor de factura de exportación no exceda de U$S 2.000 (dos mil dólares de los Estados Unidos de América) y siempre que el exportador sea una micro o pequeña empresa, de acuerdo con lo establecido en el régimen de la Ley N° 16.201 de 13 de agosto de 1991, normas modificativas y reglamentarias.

   II) que asimismo instituye que la Dirección Nacional de Aduanas reglamentará un procedimiento de despacho aduanero simplificado y que el Poder Ejecutivo dispondrá los términos, condiciones y límites para que una operación pueda ampararse a este régimen.

   III) que el artículo 2° de la mencionada Ley faculta al Poder Ejecutivo a ajustar las características de la intervención del despachante de aduana, a los efectos de la simplificación de los procedimientos y reducción de los costos de los servicios a las micro y pequeñas empresas exportadoras. 

   IV) que su artículo 3° también faculta al Poder Ejecutivo a establecer condiciones, causales y un procedimiento especial para las devoluciones de la mercadería. 

   V) que los artículos 127 a 131 del Código Aduanero de la República Oriental del Uruguay prevén disposiciones generales para la regulación de los regímenes aduaneros especiales.

   CONSIDERANDO: que corresponde dictar la reglamentación correspondiente.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Acreditación.- Para ampararse al régimen aduanero especial de exportaciones de micro y pequeñas empresas, previsto en la Ley N° 19.765 de 21 de junio de 2019, el exportador deberá acreditar que es una micro o pequeña empresa, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 16.201 de 13 de agosto de 1991, normas modificativas y reglamentarias. Dicha acreditación se efectuará mediante la presentación de un certificado expedido por la Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas del Ministerio de Industria, Energía y Minería. 

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - GUILLERMO MONCECCHI
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