Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: los acuerdos por los Consejos de Salarios instituidos por decreto
178/985 de 10 de mayo de 1985.
Resultando: I) Que en mérito a la urgencia de determinar aumentos
salariales, para la actividad privada, por razones de oportunidad se procedió a la designación directa de los Delegados Sectoriales;
II) Que no obstante lo señalado en el resultando anterior, se ha
cumplido sustancialmente con el espíritu de la negociación colectiva al
haber participado en los acuerdos los sectores directamente interesados;
III) Que en el Consejo de Salarios correspondiente al Grupo Nº 16
"Industria de la Madera y el Corcho" se logró el acuerdo que fue suscrito en Acta del 7 de diciembre de 1987.
Considerando: I) Que al haberse obviado el cumplimiento de ciertos
requisitos formales para la integración de los Consejos de Salarios la
aplicación de la ley 10.449 de 12 de noviembre de 1943, podría dar lugar a
cuestionamientos de orden legal;
II) Que a efectos de asegurar el cumplimiento integral de las condiciones
de trabajo acordadas en las negociaciones es conveniente utilizar los
mecanismos legales establecidos en el decreto ley 14.791 de 8 de junio de
1978,
Atento: a los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el decreto ley
14.791 y decreto reglamentario 371/978 de 30 de junio de 1978,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Fíjanse las retribuciones mínimas con carácter nacional para los
trabajadores comprendidos en el Grupo Nº 16 "Industria de la Madera y el
Corcho", con vigencia desde el 1º de octubre de 1987 al 31 de enero de 1988:
I) Fábrica y/o Elaboración de Muebles y Afines, Carpinterías, Talleres de
Lustre, de Tapicerías, Ataúdes, Cortinas de Enrollar y Fábricas de Sillas
Por hora
Aprendiz primer año (ingreso) ... N$ 138,60
Aprendiz segundo año .......... " 155,10
Aprendiz tercer año .......... " 173,70
Aprendiz cuarto año .......... " 190,40
Aprendiz quinto año .......... " 210,60
Se establece que el estudiante con diploma en la rama de Carpintería
en virtud de haber cursado cuatro años en UTU o en Institutos similares, ingresará a la Categoría de Aprendiz 2do. año (N$ 155,10 p/h). Cumplidos
6 meses consecutivos de actividad, pasará a la categoría de Aprendiz 3er. año (N$ 173,70 p/h). Cumplidos doce meses desde el ingreso pasará a la categoría de Aprendiz cuarto año (N$ 190,40 p/h.) y cumplidos 18 meses el ingreso pasará a la categoría de Aprendiz 5to. año (Nuevos pesos 210,60 p/h.). De esta categoría pasa automáticamente a la subsiguiente o sea la de Aprendiz adelantado.
Por hora
Aprendiz adelantado .... N$ 227,30
Aprendiz adelantado 2do. año .... " 247,80
Medio Oficial ................. " 269,90
Los patronos podrán exigir la prueba de suficiencia para el pase a
Medio Oficial: En este caso dicha prueba se realizará necesariamente en la
Empresa, y en el trabajo que hace habitualmente y normalmente el aspirante. En caso de no salvar la prueba, no podrá solicitar nueva
prueba hasta no realizar un año más de práctica, quedando por ese motivo en la escala de:
Por hora
N$ 269,90
Oficial común ........ " 288,70
Oficial especializado ........ " 313,00
Costurera/o principiante ....... " 191,80
Costurera/o práctica ....... " 213,40
Peón común ....... " 237,60
II) Parquets
Oficiales colocadores y/o maquinistas
y/o pulidores .......... N$ 288,70
Medio Oficiales colocadores y/o
maquinistas y/o pulidores ....... " 269,90
Operarios asfaltadores (con una
producción de 4.000 tablillas)... " 232,80
Operario clavador con una producción
de 5.000 tablillas de 5 grampas .. " 232,80
Peones ........................... " 237,60
Sereno ........................... " 227,30
Aprendices colocadores y/o pulidores
y/o maquinistas al ingresar ...... " 144,00
al 2do. semestre ................. " 151,50
al 3er. semestre ................. " 160,90
al 4to. semestre ................. " 166,40
al 5to. semestre ................. " 184,90
al 6to. semestre ................. " 190,40
al 7mo. semestre ................. " 194,00
al 8vo. semestre ................. " 201,40
al 9no. semestre ................. " 210,60
al 10mo. semestre ................ " 217,80
III) Aserraderos
Por hora
Afilador de primera .............. N$ 299,90
Afilador de segunda .............. " 269,90
Operario en cualquier máquina .... " 288,70
Operario de sierra de carro; circulares
grandes, soldadura, machimbrera, trompo
y sierra de rolletes ............. " 269,90
Operario de sierra sin fin; tronzadora,
canteadora, circulares chicas,
plantilladora, cepillos, engrampadoras,
marcadora y cavadora. El operario que
trabaje en todas o una de las
máquinas ......................... " 262,60
Peones y Ayudantes ............... " 237,60
Serenos ......................... " 227,30
Serenos con limpieza ............. " 247,80
Choferes y/o guincheros .......... " 265,90
Aprendiz afilador
Primer año al ingreso ............ " 138,60
Segundo año ...................... " 155,10
Tercer año ...................... " 173,70
Cuarto año ...................... " 190,40
Quinto año ...................... " 210,60
Aprendiz adelantado primer año ... " 227,30
Aprendiz adelantado segundo año .. " 247,80
Los patrones podrán exigir la prueba de suficiencia para el pase a la
categoría de afiladores de segunda. En este caso dicha prueba se
realizará necesariamente en la Empresa y en el trabajo que hace habitualmente y normalmente el aspirante. En caso de no salvar la prueba no podrá solicitar nueva prueba hasta no realizar un año más de práctica, quedando por este motivo en la escala de N$ 247,80 la hora.
IV) Envases
Por hora
Afilador de primera ............... N$ 288,70
Afilador de segunda ............... " 269,90
Operario en cualquier máquina ..... " 288,70
Operario de sierra de carro, circulares
grandes, soldadura, machimbrera, trompo
y sierra de rolletes .............. " 269,90
Operario de sierra sin fin, tronzadora,
canteadora, circulares chicas,
plantilladoras, cepillo, engrampadoras,
marcadora y clavadora, el operario que
trabaja en todas o una máquina .... " 262,60
Peones y ayudantes ................ " 237,60
Sereno ............................ " 227,30
Clavador a martillo ............... " 247,80
Sereno con limpieza ............... " 247,80
Choferes ......................... " 265,90
Guincheros ........................ " 269,90
Ayudantes y/o acarreadores
Ingreso ........................... " 164,80
Peón 19 años de edad .............. " 184,10
Peón 20 años de edad .............. " 196,50
Peón con 21 años de edad .......... " 213,00
Aprendiz afilador
Primer año ........................ " 138,60
Segundo año ....................... " 155,10
Tercer año ....................... " 173,70
Cuarto año ....................... " 190,40
Quinto año ....................... " 210,60
Aprendiz adelantado primer año ... " 227,30
Aprendiz adelantado segundo año .. " 247,80
Los patrones podrán exigir la prueba de suficiencia para el pase a la
categoría de Afilador de 2da. En este caso dicha prueba se realizará
necesariamente en la empresa y en el trabajo que hace habitualmente y
normalmente el aspirante. En caso de no salvar la prueba no podrá
solicitar nueva prueba hasta no realizar un año más de práctica, quedando
por ese motivo en la escala de nuevos pesos 247,80 p/h.
V) Fábrica de jergones y elásticos de madera
Por hora
Aprendiz maquinista y/o armador de
elásticos de madera: al ingreso ....... N$ 190,40
a los seis meses ..................... " 210,60
a los doce meses ..................... " 227,30
a los dieciocho meses ................ " 247,80
a los veinticuatro meses ............. " 269,90
VI) Fábrica de artículos de madera para bazares y ferreterías
Por hora
Oficial de banco y/o maquinista .... N$ 271,90
Medio Oficial de banco y/o maquinista " 251,80
Aprendices:
ingreso 1er. año ................... N$ 138,60
2do. año ........................... " 155,10
3er. año ........................... " 173,70
5to. año ........................... " 210,60
De esta categoría se pasa automáticamente a la siguiente o sea Medio
Oficial; los patrones podrán exigir la prueba de suficiencia para el pase
a la categoría de Medio Oficial. En este caso dicha prueba se realizará necesariamente en la empresa y en el trabajo que hace habitualmente y normalmente el aspirante. En caso de no salvar la prueba no podrá solicitar nueva prueba hasta no realizar un año más de práctica, quedando por ese motivo en la escala de N$ 210,60 p/h.
VII) Fábricas de esteras y persianas, de escarbadientes y cucharitas de
madera, de perchas, jaulas y lápices
Operarios y/o armadores:
Por hora
Al ingreso o primer semestre ......... N$ 138,60
Segundo semestre ..................... " 155,10
Tercer semestre ..................... " 173,70
Cuarto semestre ..................... " 190,40
Quinto semestre ..................... " 210,60
Sexto semestre ..................... " 227,30
Séptimo semestre ..................... " 247,80
Octavo semestre ..................... " 269,90
VIII) Fábricas de metros
Aprendices:
Por hora
Al ingreso 1er. año ................. N$ 138,60
Segundo año ......................... " 155,10
3er. año ............................ " 173,70
4to. año ............................ " 190,40
5to. año ............................ " 210,60
De esta categoría se pasa automáticamente a la subsiguiente o sea Medio Oficial. Los patrones podrán exigir la prueba de suficiencia para
el pase a Medio Oficial. En este caso dicha prueba se realizará necesariamente en la Empresa y en el trabajo que hace habitual y normalmente el aspirante. En caso de no salvar la prueba, no podrá solicitar nueva prueba hasta no realizar un año más de práctica quedando por ese motivo en la escala de nuevos pesos 210,60 p/h.
IX) Fábricas de y/o elaboración de marcos y varillas.
Cuadrerías
Por hora
Oficial ................................ N$ 271,90
Medio Oficial .......................... " 231,30
Sección Dorados
Oficial ................................ " 288,70
Medio Oficial .......................... " 264,60
Sección Lustrados y Sección Blanqueados:
Oficial ............................... " 283,30
Medio Oficial .......................... " 231,60
Sección máquinas
Oficial ............................... " 288,70
Medio Oficial ......................... " 269,90
Aprendices para las Secciones Cuadrería,
Lustrado, Blanqueado, Dorado y Máquinas
Por hora
Primer año ............................ N$ 138,60
2do. año ............................ " 155,10
3er. año ............................ " 173,70
4to. año ............................ " 190,40
5to. año ............................ " 210,60
En las secciones cuadrerías, lustrados y blanqueados se pasa
automáticamente a la categoría de Medio Oficial. En las secciones Dorados
y Máquinas se pasa automáticamente a la categoría de Aprendiz de 6to. año
con salario de N$ 227,30 p/h. y de ésta automáticamente a Medio Oficial
Los patrones podrán exigir la prueba de suficiencia para el pase de
categoría de Medio Oficial. En este caso dicha prueba se realizará
necesariamente en la empresa y en el trabajo que hace habitual y
normalmente el aspirante. En caso de no salvar la prueba, no podrá solicitar nueva prueba hasta no realizar un año más de práctica quedando por ese motivo en la categoría aprendiz de quinto año y/o sexto respectivamente.
X) Fábrica de Hormas y Sección Tacos
Alimentador a máquina automática de tacos con tres tornos, frezadora
cortar altura, vaciadora, envasadoras y masilladoras, tacos de suela y
armados de tacos, ayudante para cortar tapas, ayudante para prestar tacos.
Por hora
Al ingresar 1er. año ..................... N$ 164,80
2do. año ................................. " 181,90
3er. año ................................. " 214,60
Oficial lijador .......................... " 250,10
Operario sierra sin fin
1era. categoría (contorneador tacos) ..... N$ 262,60
2da. categoría (cortar recto) ............ " 227,30
Encargado sección tacos madera y suela " 262,60
Oficial lijador tacos de suela ........... " 250,10
Medio Oficial lijador tacos de suela ..... " 214,60
Operario de Tupi de taco ................. " 227,30
Sección Hormas
Al ingresar 1er. año .................... " 138,60
2do. año ................................ " 155,10
3er. año ................................ " 173,70
4to. año ................................ " 190,40
5to. año ................................ " 210,60
De esta categoría se pasa automáticamente a la siguiente o sea aprendíz
adelantado 1er. año, percibiendo durante el año N$ 227,30 por hora.
Por hora
Aprendiz Adelantado 2do. año .............. N$ 247,80
De esta categoría se pasa automáticamente a la de Medio Oficial. Los
patrones podrán exigir la prueba de suficiencia para el pase a Medio
Oficial. En este caso dicha prueba se realizará necesariamente en la
empresa en el trabajo que hace habitual y normalmente el aspirante. En
caso de no salvar la prueba, no podrá solicitar nueva prueba hasta no
realizar un año más de práctica quedando por ese motivo en la categoría
de aprendiz adelantado segundo año.
Por hora
Oficial de torno 2 máquinas .............. N$ 293,10
oficial de torno 1 máquina .............. " 264,60
Operario de sierra sin fin .............. " 227,30
Oficial de banco ......................... " 288,70
Medio Oficial de banco ................... " 262,60
Oficial pulidor ......................... " 283,30
Medio Oficial Pulidor .................... " 275,90
Oficial chapista ........................ " 288,70
Medio Oficial chapista ................... " 262,60
Aprendiz chapista ....................... " 240,40
Colocar tarugos y agujerear .............. " 240,40
Modelista ............................... " 322,10
Medio Oficial modelista .................. " 269,90
XI) Toneleros
Ayudante ................................. N$ 210,60
Medio Oficial ............................. " 231,30
Oficial .................................. " 263,10
XII) Fábrica de artículos de mimbre
Aprendiz ................................. N$ 138,60
Al ingreso primer semestre ................ " 138,60
Segundo semestre .......................... " 144,00
Tercer semestre ........................... " 155,10
Cuarto semestre ........................... " 166,40
Quinto semestre ........................... " 173,70
Sexto semestre ........................... " 181,40
Séptimo semestre .......................... " 190,40
Octavo semestre ........................... " 210,60
Noveno semestre ........................... " 231,30
Oficial ................................... " 263,10
Medio Oficial ............................ " 231,30
Peón ..................................... " 210,60
XIII) Industria del corcho
Sección del corcho natural y aglomerado
discos y juntas
Peón primer año ........................... N$ 210,60
Peón segundo año .......................... " 227,30
Peón tercer año ........................... " 237,60
Medio Oficial ............................ " 241,60
Oficial ................................... " 271,90
Encargado ................................. " 288,70
Sección tapones
Por hora
Aprendiz:
al ingresar .............................. N$ 181,90
Segundo semestre ......................... " 190,40
Tercer semestre ......................... " 195,80
Cuarto semestre .......................... " 216,40
Quinto semestre .......................... " 227,30
Sexto semestre ........................... " 237,60
Foguista ............................. " 281,60
Medio Oficial ............................ " 241,60
Oficial ................................. " 271,90
Peón ................................... " 210,60
Limpiador ............................... " 210,60
XIV) Barracas con actividad industrial, Briquetas y fabricación de leña, preservación y tratamiento físico químico de la madera
Por hora
Operario de sierra de carro, circulares
grandes, soldadura, machimbrera,
trompo, sierra de rolletes, el operario
que trabaja en todas o una de esas máquinas
y maquinistas en general ................. N$ 269,90
Operario de sierra sin fin, trozadadora,
canteadora, circulares chicas, plantilladoras,
cepillos, engrampadoras, marcadora y cavadora.
El operario que trabaja en todas o cada una de
las máquinas N$ 262,60
Peón ayudantes .......................... " 237,60
XV) Personal Administrativo para todas las ramas detalladas
mensuales
Auxiliar primero ........................ N$ 64.434,00
Auxiliar segundo ........................ " 50.698,00
Tenedor de libros ........................ " 64.434,00
Tenedor de libros media jornada .......... " 37.392,00
Cajeros con trabajo de oficina .......... " 64.434,00
Auxiliares en general con 4 años de
actividad en tareas de Oficina ............ " 45.154,00
Auxiliares en general con 2 años de
actividad en tareas de Oficina ............ " 36.592,00
Auxiliares en general con 1 año de
actividad en tareas de Oficina ............ " 31.878,00
Auxiliares principiantes y cadetes ........ " 27.732,00
Choferes 1er. año ......................... " 42.062,00
Choferes 2do. año ......................... " 46.274,00
Choferes 5to. año ......................... " 57.067,00
Serenos .................................. " 45.464,00
Serenos con limpieza ...................... " 49.527,00
XVI) Personal de Dirección para ramas detalladas
Capataz con hasta 5 obreros .............. N$ 62.774,00 mens.
o por día ............................... " 2.853,40
Capataz con más de 5 obreros ............. " 71.556,00 mens.
o por día ............................... " 3.252,50
Encargado hasta 5 obreros ............... " 59.035,00 mens.
o por día ................................ " 2.683,40
Encargado con más de 5 obreros ........... " 67.898,00 mens.
o por día ............................... " 3.086,30
Dibujante proyectista .................... " 63.021,00 mens.
o por día ............................... " 2.864,60
Dibujante plantillista .................. " 54.742,00 mens.
o por día ............................... " 2.488,30
XVII) Compensado, aglomerado y fibroplástica
Por hora
Operario especializado máquina de
reactor .................................. N$ 313,00
Operario práctico y ayudante máquina
de reactor ............................... " 288,70
Mecánico ................................. " 279,60
Oficial carpintero ....................... " 288,70
Afilador de 1era. ....................... " 279,60
Foguista, guinchero, máquinista
desbobinadora, prensa, pulidora de rollos,
faqueadora de láminas finas y clasificador
de madera compensada ..................... " 275,80
Medio Oficial Carpintero ................. " 269,90
Maquinista elevador Hister ............... " 269,90
Maquinista impregnador ................... " 269,90
Preparador de cola y encargado de trozar " 269,90
Clasificador/a de láminas ................ " 258,60
Pulidores de mano, encargado de escuadradora
de compensado con sierras sin fin y
circulares; encargado de sierra de cargo .. " 262,60
Afiladores y Electricistas ................ " 269,90
Peones peladora ........................... " 251,30
Peones mayores 21 años ................... " 244,10
Peones generales hasta 21 años ............ " 237,60
Sereno .................................... " 221,80
Sereno con casa .......................... " 227,30
Encargado/a de canteador de material
común, juntador/a de láminas o similares
en cola, marcador/a láminas ............... " 248,50
Obreras generales ......................... " 237,60
Obrero/a cortador de láminas, responsables
de guillotina de 2 mts. 60 y Encargado/a de
juntadora y canteadora de lámina fina .... " 260,10
Personal Administrativo, de Dirección, Etc. para ramas de
compensado, aglomerado y fibroplástica
mensuales
Gerente ................................... " 69.174,00
Empleados superiores, contabilidad,
Caja, Venta y Secretaría .................. " 66.949,00
Auxiliar primero ......................... " 64.434,00
Auxiliar segundo con experiencia de
más de 4 años en la Empresa ............... " 50.698,00
Auxiliar general al año ................... " 31.878,00
Auxiliar general a los 2 años ............. " 36.592,00
Auxiliar general a los 4 años ............. " 45.154,00
Auxiliar principiante ..................... " 37.732,00
Cadetes hasta 21 años .................... " 27.732,00
Chofer ................................... " 42.062,00
Chofer a los 2 años ....................... " 46.275,00
Chofer a los 5 años ....................... " 51.067,00
Capataces ................................ " 62.834,00
Para la presente rama del Compensado, Aglomerado y Fibroplástica:
a) Se establece una paga complementaria del 20% por trabajo nocturno de
22:00 a 06:00 horas;
b) Las empresas financiarán al personal un traje de trabajo por año, financiándoles otro traje de trabajo a abonar por los operarios en cinco cuotas mensuales consecutivas. Queda establecido que aquellas empresas
que actualmente suministran a sus costos dos trajes de trabajo por año a sus operarios, continuarán prestando ese beneficio;
c) Aquellas empresas del Compensado, Aglomerado y Fibroplástica que
actualmente abonan un incentivo semanal por presentismo, continuarán
prestando dicho beneficio.
TARIGO - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RICARDO ZERBINO CAVAJANI