DECLARACION COMO EXPORTACION NO TRADICIONAL LA "CARNE COCIDA (CUTS, DINNER, PIC)"




Promulgación: 16/05/1979
Publicación: 07/06/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1522
Referencias a toda la norma

Artículo 2

  Defínese como "carne cocida (Cuts, Dinner, Pie)" al producto elaborado
con carne vacuna u ovina desosada, en cortes naturales (cuts) o en trozos
(dinner, pie), completamente limpia de huesos, cartílagos, tendones y
aponeurosis, la que se envasa en bolsas plásticas especiales sometiéndola
a un proceso de cocción en agua hirviendo agregándosele, posteriormente,
gelatinas y eventualmente salsas o especias y luego de engrapada la bolsa
se somete al congelamiento ultrarrápido en placas.
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