TRATAMIENTO ADUANERO PARA LA CIRCULACION EN LOS PAISES DEL MERCOSUR DE BIENES INTEGRANTES DE PROYECTOS CULTURALES APROBADOS POR LOS ORGANOS COMPETENTES. RESOLUCION GMC 122/996
Ver vigencia: Resolución Nº 824/008 de 13/10/2008 numeral 1.
VISTO: la Resolución Nº 122/996 del Grupo Mercado Común, adoptada en su
XXIV Reunión en la ciudad de Fortaleza (República Federativa del Brasil)
el 13 de diciembre de 1996, referente al Tratamiento Aduanero para la
circulación en los países del MERCOSUR de bienes integrantes de proyectos
culturales aprobados por los Organos competentes.-
CONSIDERANDO: I) lo dispuesto por el Protocolo Adicional al Tratado de
Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR -Protocolo de
Ouro Preto- referente a la aplicación interna de las normas emanadas de
los Organos del MERCOSUR.-
II) que es necesario adoptar las medidas correspondientes para la
incorporación al Derecho Interno de las normas contenidas en la
Resolución referida en el Visto, para su vigencia y debida difusión.-
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Aduanas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Poner en vigencia la norma referente al Tratamiento Aduanero para la
circulación en los países del MERCOSUR de bienes integrantes de proyectos
culturales aprobados por los Organos competentes, aprobada por Resolución
del Grupo Mercado Común Nº 122/996, de 13 de diciembre de 1996, que se
adjunta como anexo al presente Decreto.- (*)
La Dirección Nacional de Aduanas adoptará las medidas necesarias para la
aplicación de la operativa dispuesta por la Resolución y coordinará con
las distintas reparticiones de la Administración Pública las acciones que
correspondan a sus competencias.-