MODIFICACION DEL ART. 1° DEL DECRETO 157/023, RELATIVO A LA COMPENSACION POR "ACTIVIDADES DE RIESGO POR MANIPULACION Y FABRICACION DE EXPLOSIVOS Y ACCESORIOS DE VOLADURA"
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el Decreto N° 157/023, de 5 de junio de 2023, por el cual se aprobó una Compensación por "actividades de riesgo por manipulación y fabricación de explosivos y accesorios de voladura";
RESULTANDO: I) que en el citado Decreto se establecieron los importes a pagar al personal militar operativo que trabaja en la Planta de Explosivos del Servicio de Material y Armamento, acorde a su Cargo y Grado;
II) que se presentan dificultades para cumplir con la relación establecida entre el "Cargo" y el "Grado" establecida por el referido Decreto, dado que el mismo exige determinada jerarquía para ocupar el Cargo, por lo que en consecuencia, existe falta de personal al no poder asignar los recursos humanos para ocupar los Cargos vacantes;
III) que asimismo, durante la permanencia en la Institución, el personal militar (Oficiales y Personal Subalterno) acceden a distintas jerarquías, lo que se efectiviza entre los meses de febrero a diciembre para los Oficiales y para el Personal Subalterno se confieren los ascensos el 1° de cada mes;
CONSIDERANDO: que las dificultades constatadas pueden ser subsanadas sin que ello implique cambios en los aspectos sustanciales del citado Decreto N° 157/023;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando General del Ejército, por la Dirección General de Recursos Financieros y por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto por el artículo 118 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020 y por el Decreto N° 157/023, de 5 de junio de 2023;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA: