EXHORTACION A UTE A INSTRUMENTAR UN PROGRAMA DE BENEFICIOS COMERCIALES PARA SUSCRITORES DE UTE




Promulgación: 27/08/2018
Publicación: 03/09/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver vigencia:
      Decreto Nº 465/021 de 30/12/2021 artículo 1,
      Decreto Nº 255/021 de 06/08/2021 artículo 1,
      Decreto Nº 25/021 de 19/01/2021 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   El beneficio estará asociado al mantenimiento o aumento de los puestos de trabajo en un trimestre por parte de la empresa y a tener algún suministro en la categoría tarifaria Gran Consumidor del pliego tarifario de UTE con un factor de utilización fuera de punta mayor al de su categoría tarifaria en el mismo tramo horario. El mismo consistirá en un descuento en la facturación del cargo de energía sin IVA neta de otros descuentos comerciales otorgados a la empresa, que será efectuado por UTE posteriormente a la evaluación que realice el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) de cada trimestre que sea considerado.
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