DELIMITACION DEL DERECHO DE HUELGA PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 04/07/1984
Publicación: 17/07/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 30

Artículo 4

  Son ilícitas las conductas de los funcionarios públicos que perturben la
prestación del servicio, por ocupación de los lugares de trabajo, paros,
trabajo a reglamento o a desgano y actos similares que persigan la misma
finalidad y violen el orden disciplinario funcional, lo que, de acuerdo a
la gravedad de los hechos, determinará la aplicación de las sanciones que
correspondan conforme con lo establecido en este decreto.
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