EMERGENCIA SANITARIA. FIEBRE AFTOSA




Promulgación: 08/09/2000
Publicación: 15/09/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 313

Artículo 2

 Autorízase la comunicación directa entre las dependencias
correspondientes de los Ministerios involucrados a efectos de coordinar
los controles sanitarios que se especifiquen, para mantener la "Condición
Nacional de País Libre de Aftosa Sin Vacunación" evitando el ingreso y el
tránsito de los animales y productos que la Autoridad Sanitaria
competente del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca determine.
Ayuda