CONTRATACIONES DEL ESTADO - OBRAS PUBLICAS - LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL




Promulgación: 12/06/1990
Publicación: 28/06/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 619

Artículo 2

   A partir del 12 de setiembre de 1991 los bienes referidos en el
artículo anterior tributarán el recargo a la tasa del 10% (diez por
ciento), a excepción de los vehículos que tributarán la tasa conglobada
vigente en ese momento.
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