CREACION DE LA COMISION TECNICA ASESORA DE LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE




Promulgación: 04/06/1993
Publicación: 22/06/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 531

CAPITULO V - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 12

    (De los delegados).- Cada uno de los delegados designados para
integrar el Plenario de la Comisión Técnica Asesora de Protección del
Medio Ambiente, tendrá la calidad de delegado titular, y contará con su
respectivo delegado alterno; el que suplirá al titular en caso de ausencia
o incapacidad temporal o definitiva de éste y hasta tanto se designe un
nuevo delegado titular.
   El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente,
designará los respectivos alternos del Director Nacional de Medio Ambiente
y del Director Nacional de Ordenamiento Territorial.
   Los delegados de las Organizaciones No Gubernamentales referidos en los
literales I) y II) del artículo 4, serán los que resulten electos de
acuerdo con  las condiciones, plazos y procedimientos que establezca el
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
   Los delegados de los organismos mencionados en los literales c), d) y
g) al k), deberán ser confirmados anualmente por los organismos a los que
representan. (*)

(*)Notas:
Incisos 3º) y 4º) redacción dada por: Decreto Nº 303/994 de 28/06/1994 
artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 261/993 de 04/06/1993 artículo 12.
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