Visto: la gestión formulada por la Dirección General de los Servicios
Agronómicos, a los fines que se indicarán.
Resultando: I) Por decreto 600/976, del 16 de setiembre de 1976, el
Poder Ejecutivo incluyó, en la nómina de plagas de la agricultura a que se
refiere el artículo 7º del decreto de 9 de marzo de 1912, reglamentario de
la ley 3.921, de 28 de octubre de 1911, a la bacteria denominada
Xanthomonas citri (Hasse) Dowson, causante de la enfermedad denominada
"Cancrosis B" o "Cancrosis de los limoneros";
II) En la gestión de referencia la mencionada Dirección General solicita
se introduzcan al decreto 600/976, de 16 de setiembre de 1976, algunos
agregados que, aparte de mejorar la efectividad del mismo, redundarán en
mayores garantías a los productores citrícolas afectados por la mencionada
enfermedad;
III) Se recabó la opinión de la Comisión Honoraria Nacional del Plan
Citrícola, la que se expidió en forma favorable.
Considerando: conveniente, de acuerdo con lo expuesto, proveer en la
forma aconsejada por la Dirección General de los Servicios Agronómicos y
la Comisión Honoraria Nacional del Plan Citrícola.
Atento: a lo dispuesto por la ley 3.921 del 28 de octubre de 1911,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 261/977 de 11/05/1977 artículo 1.
MENDEZ - ESTANISLAO VALDES OTERO - VALENTIN ARISMENDI