FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 2004 - TRABAJADORES RURALES




Promulgación: 22/01/2004
Publicación: 03/02/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 141

Artículo 4

 Establécese que los trabajadores rurales cuyas categorías estén o no 
previstas en el presente Decreto, recibirán a partir del 1º enero del 
2004, un incremento del 7% (siete por ciento) sobre los salarios en 
moneda nacional. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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