CONTROL DE LA DIRECCION DE METROLOGIA LEGAL. INSTRUMENTOS DE MEDICION




Promulgación: 22/01/1986
Publicación: 31/03/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 199

LUGAR PARA LA MARCA DE VERIFICACION

Artículo 19

1) Para pesas de clase E1, E2 y F1 y para todas las pesas de un gramo o
   menores se deberán poner una marca de verificación en la caja que las
   contiene y no en las pesas.

2) Para las pesas de la clase F2 el sitio para la marca de verificación
   deberá preverse encima del tapón de la cámara de ajuste si la tiene, o
   en la base en caso contrario.

3) Para las pesas de la clase M1, M2 y M3 se colocará la marca de
   verificación en el plomo que cierra la cámara de ajuste si la tiene, o
   en caso contrario en la base.

4) La marca de rechazo se realizará por obliteración de la marca de
   verificación primitiva.
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