La Comisión Ad hoc podrá integrar hasta dos especialistas en carácter de
asesores para cada una de las carreras y titulaciones que sean
consideradas en la acreditación regional, uno por la Universidad de la
República y otro por las Universidades Privadas, los que serán designados
por el Ministro de Educación y Cultura a propuesta de las instituciones
mencionadas y a requerimiento de la Comisión ad hoc.