CREACION DE COMISION DE ACREDITACION AD HOC




Promulgación: 19/05/2008
Publicación: 26/05/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1175
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 La Comisión ad hoc de Acreditación se compondrá de cinco miembros
titulares con sus alternos respectivos: dos por el Ministerio de Educación
y Cultura, dos por la Universidad de la República y uno por el Consejo de
Rectores de las Universidades Privadas, los que serán designados por el
Ministro de Educación y Cultura a propuesta de las instituciones
mencionadas.
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