APROBACION DEL ACTA DE RECTIFICACION DEL SEGUNDO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA N° 55




Promulgación: 01/02/2012
Publicación: 14/02/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 167
VISTO: el Acta de Rectificación, extendida por la Secretaría General de la
ALADI el 11 de octubre de 2011, de la versión en el idioma español del
Segundo Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica N°
55, suscrito el 28 de febrero de 2011 entre los Gobiernos de la República
Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y
la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR y los
Estados Unidos Mexicanos, al amparo de las disposiciones establecidas en
el tratado de Montevideo de 1980, el cual fue aprobado por Decreto de
Poder Ejecutivo N° 340/011 de 27 de setiembre de 2011;

RESULTANDO: I) que la Representación Permanente de México ante la ALADI
por Nota N° 63/11 de 05 de setiembre de 2011 y la Representación
Permanente de Uruguay ante ALADI y MERCOSUR, por Nota N° 389/11 de 24 de
agosto de 2011, ésta última en su calidad de Presidencia Pro Tempore del
MERCOSUR, solicitaron a la Secretaría General de la ALADI enmendar,
mediante Acta de Rectificación, un error en el Artículo 4° del Segundo
Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 55;

II) que mediante la Nota ALADI/SG-332/11 de 12 de setiembre de 2011, la
Secretaría General de la ALADI remitió a los países signatarios del
Acuerdo de Complementación Económica N° 55, un proyecto de Acta de
Rectificación otorgando un plazo de 5 días corridos para realizar
observaciones;

III) que habiendo transcurrido dicho plazo sin haber recibido
observaciones de parte de los países, esa Secretaría General ha procedido
a efectuar la modificación antes referida en el Segundo Protocolo
Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 55;

CONSIDERANDO: que a los efectos referidos precedentemente, corresponde
incorporar al ordenamiento jurídico interno el Acta de Rectificación del
Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 55;

ATENTO: a lo informado por la Delegación Permanente de la República
Oriental del Uruguay ante ALADI y MERCOSUR.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase el Acta de Rectificación, extendida por la Secretaría General
de la ALADI el 11 de octubre de 2011, de la versión en el idioma español
del Segundo Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica
N° 55, suscrito el 28 de febrero de 2011 entre los Gobiernos de la
República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del
Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR
y los Estados Unidos Mexicanos, al amparo de las disposiciones
establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980, el cual fue aprobado por
Decreto de Poder Ejecutivo N° 340/011 de 27 de setiembre de 2011. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, y dése cuenta a la Asamblea General.

JOSÉ MUJICA - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN
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