APROBACION DE TARIFA DE UTE. JULIO 1983




Promulgación: 28/07/1983
Publicación: 03/08/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: el proyecto por un nuevo cargo por consumo de energía
correspondiente a la tarifa 6, de los servicios que presta la  Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, de N$ 1,08
el kWh, a regir a partir del 1º de julio de 1983.

   Considerando: que de los asesoramientos recabados surge que procede
aprobar dicho nuevo cargo.

   Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Energía del
Ministerio de Industria y Energía y por la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el cargo por consumo de energía para los servicios a cargo
de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas
correspondiente a la tarifa 6, (para establecimientos de enseñanza,
diarios, periódicos, talleres gráficos que editan los mismos, estaciones
de radiodifusión, de televisión, teatros, cines, etc. según Reglamentación), de N$ 1,08 el kWh, a partir del 1º de julio de 1983.

Artículo 2

    Comuníquese, publíquese, etc.-

ALVAREZ - JUAN A. CHIARINO ROSSI - LIONEL O. RIAL
Ayuda