CORPORACION NACIONAL PARA EL DESARROLLO. REGLAMENTACION




Promulgación: 22/05/1987
Publicación: 22/06/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 677
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.785 de 04/12/1985.

V - DEL CONTRALOR

Artículo 38

  Aprobado el balance anual por la Asamblea General de Accionistas, se
publicará  en el "Diario Oficial".

  Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, el Directorio de la
Corporación podrá disponer la publicación del Balance que dicho Organo
hubiera aprobado para ser presentado a la vista del Tribunal de Cuentas y
su posterior consideración por la Asamblea General de Accionistas. En tal
caso al pie del mismo se dejará constancia de que se encuentran pendientes
dichos trámites.
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