DISTRIBUCION DEL PREMIO ESTIMULO ENTRE FUNCIONARIOS DE LA DGI




Promulgación: 03/04/1975
Publicación: 11/04/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 584
Visto: lo dispuesto por los artículos 11º y 12º del decreto 251/969 de 27
de mayo de 1969, relativo a la distribución del Fondo Estímulo a los
funcionarios de la Dirección General Impositiva y sus dependencias.

Considerando: que a efectos del mejor funcionamiento del régimen, conviene
efectuar el ajuste de los períodos establecidos, fijando nuevas fechas
para la distribución del indicado beneficio,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyese el texto de los artículos 11º y 12º del decreto 251/969 de 27 de mayo de 1969, por el siguiente:

 "Artículo 11º. La distribución anual definitiva del Premio Estímulo se
efectuará en el mes de febrero de cada año, con cargo al monto del Fondo
Estímulo generado al 31 de diciembre, y sobre la base del puntaje de la
calificación anual definitiva; abonándose a los funcionarios la suma
correspondiente, previa deducción de las cantidades ya percibidas por
concepto de distribuciones provisorias.

 Artículo 12º. En el mes de agosto de cada año se efectuará una
distribución provisoria semestral con cargo al monto del Fondo Estímulo
generado al 30 de junio y sobre la base de la calificación semestral
provisoria.

 Asimismo se realizarán dos distribuciones provisorias en los meses de
abril y junio, sobre la base de la última calificación anual definitiva, y
otras dos en los meses de octubre y diciembre sobre la base de la última
calificación semestral provisoria y con cargo respectivamente al monto del
Fondo Estímulo generado al 28 de febrero, al 30 de abril, al 31 de agosto
y al 31 de octubre".



(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 174/979 de 21/03/1979 artículo 1.

BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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