MODIFICACION DEL DECRETO 272/018, EL CUAL MODIFICO EL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL, RELATIVO AL ROTULADO DE ALIMENTOS




Promulgación: 02/09/2020
Publicación: 08/09/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: el Decreto No 272/018, de 29 de agosto de 2018 mediante el cual se modificó el Reglamento Bromatológico Nacional aprobado por el Decreto No 315/994, de 5 de julio de 1994 en lo relativo al rotulado de alimentos; 

   RESULTANDO: que la citada norma dispuso que deberán contar con un rotulado en su cara frontal, los alimentos envasados en ausencia del cliente en cuyo proceso de elaboración se haya agregado sodio, azúcares o grasas y en cuya composición final el contenido de sodio, azúcares, grasas y grasas saturadas, exceda los valores allí establecidos; 

   CONSIDERANDO: I) que el artículo 2° del Decreto N° 91/020 de 11 de marzo de 2020 estableció la creación de una comisión de trabajo multidisciplinaria con el fin de evaluar lo relativo al rotulado de alimentos; 

   II) que se entiende pertinente revisar los criterios para definir el contenido excesivo de sodio, azúcares, grasas y grasas saturadas a fin de establecer valores más adecuados, que permitan alcanzar los objetivos legítimos del Reglamento Técnico establecido por el Decreto N° 272/018, ajustándolos a las recomendaciones recibidas; 

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyanse los Anexos II y III del Decreto No 272/018, de 29 de agosto de 2018, por el Anexo que se adjunta (*) y que forma parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto.
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).

Artículo 2

   Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia a partir del 1 de febrero de 2021.

Artículo 3

   Publíquese, etc..

   LACALLE POU LUIS - JORGE LARRAÑAGA - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - LUIS ALBERTO HEBER - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARÍA URIARTE - GERMÁN CARDOSO - IRENE MOREIRA - PABLO BARTOL - ADRIAN PEÑA
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