REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 15.661 RELATIVO AL SISTEMA DE ENSEÑANZA TERCIARIA PRIVADA




Promulgación: 14/09/2015
Publicación: 21/09/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.661 de 29/10/1984.
Referencias a toda la norma

I) GENERALIDADES

Artículo 7

   Las instituciones que tengan autorización con carácter provisional (cinco años iniciales, de acuerdo al artículo 8° inciso 1 del Decreto 104/014) deberán presentar actualización de información en dos ocasiones: la primera a los dos (2) años de la autorización provisional, y la siguiente antes del vencimiento del período inicial: en ambos casos en cumplimiento del plazo definido en el Artículo 1° del presente Decreto.
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