FIJACION DE SALARIO DE FUNCIONARIOS DE LA ASISTENCIA MEDICA Y SERVICIOS ANEXOS. JULIO 1995




Promulgación: 30/06/1995
Publicación: 13/07/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Establécese que los precios y/o tarifas de los servicios brindados por
las Instituciones comprendidas por el presente Decreto, no podrán se
incrementados en más del 11,10% de la incidencia de los salarios en la
estructura de costos de cada una de ellas, por concepto de incremento de
los ingresos del personal no médico otorgado por el presente Decreto. 
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