REGIMEN DE IMPORTACIONES EN LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ. COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 20/07/1982
Publicación: 27/07/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Comuníquese al Banco de la República Oriental del Uruguay, a la Dirección Nacional de Aduanas y al Laboratorio Tecnológico del Uruguay a los efectos de la emisión de los Certificados correspondientes cumplido que sean los requisitos establecidos.
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