DEROGACION DE REDUCCION DE APORTES PATRONALES DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA




Promulgación: 30/08/2000
Publicación: 07/09/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 247
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 Quienes deseen acogerse a los beneficios establecidos en el presente
Decreto, deberán presentar a la Dirección General Impositiva una
declaración jurada en la que se establecerán los montos de ingresos y la
relación referida en el artículo anterior, así como todos aquellos datos
que este organismo solicite a los efectos de poder analizar la situación
tributaria de los beneficiarios. Una vía intervenida en la referida
declaración jurada será remitida al Banco de Previsión Social.-
Referencias al artículo
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