ADOPCION DEL GLOSARIO DE TERMINOS COMUNES PARA ESTUPEFACIENTES SUSTANCIAS SICOTROPICAS Y PRECURSORES. RESOLUCION GMC 70/00




Promulgación: 17/06/2003
Publicación: 26/06/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 1310
VISTO: la resolución Nº 70/00 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR por la 
que se aprobó el "Glosario de Términos Comunes para Estupefacientes, 
Sustancias Sicotrópicas y Precursores";

CONSIDERANDO: I) lo establecido en el artículo 38 del Protocolo Adicional 
al Tratado de Ouro Preto aprobado por la Ley Nº 16.712 de 1º de setiembre 
de 1995, respecto de que los Estados partes se comprometen a adoptar 
todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios 
el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos correspondientes 
previstos en el artículo 20 del referido Protocolo;

II) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la 
República en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el derecho 
positivo nacional la norma emanada del Grupo Mercado Común referida en el 
VISTO;

III) lo informado por la División Control de Calidad y la División 
Jurídico-Notarial del Ministerio de Salud Pública;

ATENTO: a lo preceptuado por el artículo 1º y siguientes de la Ley Nº 
9.202 de 12 de enero de 1934 y concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Adóptase el "Glosario de Términos Comunes para Estupefacientes, 
Sustancias Sicotrópicas y Precursores", aprobado por la resolución Nº 
70/00 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR que se anexa al presente y 
forma parte integral del mismo. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

Artículo 2

 El presente Decreto tendrá vigencia a partir de su publicación en el 
Diario Oficial.

Artículo 3

 Comuníquese a la Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común del 
MERCOSUR, publíquese.


BATLLE - CONRADO BONILLA - DANIEL BORRELLI - GUILLERMO VALLES



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