REGLAMENTACION DE LA LEY 17.250 (LEY DE RELACIONES DE CONSUMO)




Promulgación: 23/08/2000
Publicación: 31/08/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 230
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.250 de 11/08/2000.
Referencias a toda la norma

Artículo 11

 A los efectos de la celebración de la audiencia administrativa prevista
en el literal F) del artículo 42º de la Ley que se reglamenta, el
solicitante se presentará ante la Dirección del Area de Defensa del
Consumidor, proporcionando la siguiente información: su identificación,
la del proveedor en forma completa y la determinación clara y precisa del
objeto de la citación. La cédula citatoria contendrá, además de los datos
proporcionados por el solicitante, lugar, día y hora de realización de la
audiencia y el apercibimiento de que la incomparecencia del citado se
tendrá como presunción simple en su contra en el eventual proceso
ulterior.-
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