REGLAMENTACION DEL ART. 407 DE LA LEY 19.889, RELATIVO A LA CREACION DE LA AGENCIA DE EVALUACION DE TECNOLOGIAS SANITARIAS, SUS COMETIDOS E INTEGRACION




Promulgación: 28/07/2021
Publicación: 03/08/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 407.

CAPITULO II - ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA AGENCIA DE EVALUACION DE TECNOLOGIAS SANITARIAS

Artículo 11

   (Gerente Administrativo). El Gerente Administrativo tiene a su cargo todas las tareas inherentes a la gestión administrativa del organismo. Dentro de sus atribuciones se encuentran: 
  a) Elaborar el plan estratégico de su período de gestión, formulando los
     objetivos y determinando los medios para alcanzarlos.
  b) Organizar y coordinar las actividades a través del diseño del trabajo
     y la asignación de recursos.
  c) Asignación de personal y dirección de las actividades.     
  d) Administrar el presupuesto del organismo.
  e) Representar al Gerente General cuando éste lo solicite.
  f) Ser responsable de la comunicación interna y externa.
  g) Ser co-responsable de la certificación y acreditaciones a las que
     pueda acceder la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias.
  h) Elaborar el proyecto de estructura de la Gerencia, que deberá ser
     sometido a aprobación del Gerente General.
  i) Todas aquellas tareas que le sean delegadas desde la Gerencia
     General.
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