REGLAMENTACION DEL ART. 407 DE LA LEY 19.889, RELATIVO A LA CREACION DE LA AGENCIA DE EVALUACION DE TECNOLOGIAS SANITARIAS, SUS COMETIDOS E INTEGRACION
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 407.
CAPITULO II - ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA AGENCIA DE EVALUACION DE TECNOLOGIAS SANITARIAS
Artículo 11
(Gerente Administrativo). El Gerente Administrativo tiene a su cargo todas las tareas inherentes a la gestión administrativa del organismo. Dentro de sus atribuciones se encuentran:
a) Elaborar el plan estratégico de su período de gestión, formulando los
objetivos y determinando los medios para alcanzarlos.
b) Organizar y coordinar las actividades a través del diseño del trabajo
y la asignación de recursos.
c) Asignación de personal y dirección de las actividades.
d) Administrar el presupuesto del organismo.
e) Representar al Gerente General cuando éste lo solicite.
f) Ser responsable de la comunicación interna y externa.
g) Ser co-responsable de la certificación y acreditaciones a las que
pueda acceder la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias.
h) Elaborar el proyecto de estructura de la Gerencia, que deberá ser
sometido a aprobación del Gerente General.
i) Todas aquellas tareas que le sean delegadas desde la Gerencia
General.