APROBACION DE LA LEY DE URGENTE CONSIDERACION. LUC. LEY DE URGENCIA




Promulgación: 09/07/2020
Publicación: 14/07/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN VIII - DESARROLLO SOCIAL Y SALUD
CAPÍTULO III - CREACIÓN DE LA AGENCIA DE EVALUACIÓN DE TECNOLOGÍAS SANITARIAS

Artículo 407

   (Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias).- Habrá una Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias, constituida como persona jurídica de derecho público no estatal, que tendrá a su cargo la evaluación, la regulación y el control, acorde a la política que establezca el Poder Ejecutivo, de medicamentos, dispositivos terapéuticos, procedimientos diagnósticos y tratamientos médicos y quirúrgicos utilizados en la atención de la salud humana. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 241/021 de 28/07/2021.
Ver en esta norma, artículo: 408.
 Ver:  Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 403.
Referencias al artículo
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