MODIFICACION DEL DECRETO 220/998 RELATIVO A LA REGLAMENTACION DEL IVA




Promulgación: 01/08/2005
Publicación: 05/08/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 375
   VISTO: la petición de la empresa "Poder Genético SRL", por la que solicita se incluya a las "Etiquetas detectoras de celo para ganado" en 
la nómina de insumos agropecuarios referida en el artículo 39º del 
decreto Nº 220/998, de 12 de agosto de 1998.

   RESULTANDO: que dichos bienes son de uso agropecuario.

   CONSIDERANDO: I) que conforme a lo previsto en el literal I) del 
artículo 19º del Título 10 del Texto Ordenado 1996, están exonerados del
Impuesto al Valor Agregado los bienes a emplearse en la producción agropecuaria y materias primas para su elaboración, facultándose al Poder
Ejecutivo a determinar la nómina de artículos y materias primas comprendidas.

   II) que por lo expuesto, puede incluirse en la nómina correspondiente
del artículo 39º del Decreto 220/998, de 12 de agosto de 1998 a determinado tipo de "Etiquetas detectoras de celo para ganado" utilizadas
en la producción agropecuaria.

   ATENTO: a lo informado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca, la Dirección General Impositiva y la División Técnico Fiscal del
Ministerio de Economía y Finanzas.

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

(*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 220/998 de 12/08/1998 
artículo 39 numeral 45).

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI - JOSE MUJICA
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