ACTUALIZACION DE DISPOSICIONES EN LA REGULACION DE EXPEDICION DE DOCUMENTOS DE VIAJE POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y DEROGACION DEL DECRETO 236/015
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
I - DE LA EXPEDICIÓN Y RENOVACIÓN DEL PASAPORTE DIPLOMÁTICO
Artículo 3
El derecho a la expedición de Pasaporte Diplomático a las personas indicadas en el artículo precedente, con excepción de los literales b), j), p) y q), opera en tanto dichas personas permanezcan en sus cargos o funciones.
Para el caso de las personas comprendidas en el literal o) el derecho a la expedición de Pasaporte Diplomático opera de conformidad con los requisitos de las misiones o comisiones de carácter diplomático no permanente a las que sus titulares fueren designados.