CONVENIOS LABORALES. EMPLEADOS PRIVADOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONSEJOS DE SALARIOS. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO. GRUPO Nº 29. INDUSTRIA DEL PLASTICO Y BOTONES. SALARIO




Promulgación: 22/03/1988
Publicación: 02/06/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 6

    Establécese que las horas extras se pagarán con un 50% de recargo sobre el salario normal.
    Se considerarán horas extras todas las que excedan a horario diario establecido en la Planilla de Trabajo.
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