CONVENIOS LABORALES. EMPLEADOS PRIVADOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONSEJOS DE SALARIOS. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO. GRUPO Nº 29. INDUSTRIA DEL PLASTICO Y BOTONES. SALARIO
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 15
Dispónese que todo trabajador que desempeñe una tarea que no esté explícitamente comprendida dentro de alguna de las establecidas en el presente decreto, se clasificará dentro de la categoría que presente características de funciones, habilidad y exigencias para el cargo análogas.