La Dirección Nacional de Empleo convocará públicamente a las Entidades
de Capacitación interesadas en inscribirse en el Registro Unico por lo
menos una vez al año. La convocatoria se publicara en dos diarios de
circulación nacional.-
A partir de la primera convocatoria el Registro permanecerá abierto a la
inscripción de los interesados.-
Una vez registradas, las Entidades de Capacitación deberán actualizar su
información por lo menos una vez al año, bajo apercibimiento de ser
excluídas del Registro.-