MODIFICACION REGIMEN CAPACITACION LABORAL - REGISTRO UNICO DE ENTIDADES DE CAPACITACION




Promulgación: 16/08/2000
Publicación: 24/08/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 203

Artículo 3

 La Dirección Nacional de Empleo convocará públicamente a las Entidades
de Capacitación interesadas en inscribirse en el Registro Unico por lo
menos una vez al año. La convocatoria se publicara en dos diarios de
circulación nacional.-
A partir de la primera convocatoria el Registro permanecerá abierto a la
inscripción de los interesados.-
Una vez registradas, las Entidades de Capacitación deberán actualizar su
información por lo menos una vez al año, bajo apercibimiento de ser
excluídas del Registro.-
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