MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA DEL MERCOSUR




Promulgación: 29/08/2017
Publicación: 04/09/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Incorporar a la Lista de Excepciones al Arancel Externo Común (AEC), establecida por el literal A) del artículo 4° y el Anexo III del Decreto N° 410/016 de 26 de diciembre de 2016, los siguientes ítems arancelarios de la Nomenclatura Común del Mercosur: 3908.10.24; 3920.10.99 exclusivamente para placas de polietileno de densidad superior o igual a 0.94, de espesor superior o igual a 5 mm y con una superficie entera superior a los 10 m2 por unidad; 4802.55.92 exclusivamente con un índice de resistencia al estallido superior a 2.5 kPa.m2/g para ser utilizados en la fabricación de cartón corrugado y cajas; 4802.58.92 exclusivamente con un índice de resistencia al estallido superior a 2.5 kPa.m2/g para ser utilizados en la fabricación de cartón corrugado y cajas; y 8539.50.00; que tributarán una Tasa Global Arancelaria extra-zona de 0% (cero por ciento).
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