APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANC. EJERCICIO 2012




Promulgación: 30/07/2012
Publicación: 31/07/2012
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 344
Referencias a toda la norma

Artículo 7

 (Trasposiciones para el presupuesto de inversiones) Las inversiones se
regularán en lo pertinente, por las normas dispuestas en el Decreto N°
342/997 de 17/9/997, sus modificativos y concordantes, excepto en lo
concerniente a trasposiciones de asignaciones presupuestales que se
ajustarán a las siguientes disposiciones:
a) Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos
   de un mismo programa, serán autorizadas por el Directorio de la
   Administración Nacional de Correos, y deberán ser comunicadas a la 
   Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.
b) Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos
   de distintos programas requerirán autorización del Poder Ejecutivo, 
   previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y 
   del Tribunal de Cuentas.
   La solicitud deberá ser presentadas ante la OPP , en forma fundada e
   identificando en que medida el cumplimiento de los objetivos de los
   programas y proyectos reforzantes y reforzados se verán afectados por 
   la trasposición solicitada.
c) Toda trasposición entre proyectos de inversión que implique cambio
   de fuente de financiamiento deberá contar con el informe previo y
   favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Los cambios de
   fuente de financiamiento sólo se podrán autorizar si existe 
   disponibilidad suficiente en la fuente con la cual se financia.
d) Las asignaciones presupuestales aprobadas para proyectos de
   inversión financiados total o parcialmente con endeudamiento externo, 
   no podrán ser utilizados para reforzar asignaciones presupuestales de
   proyectos financiados exclusivamente por recursos internos.
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