APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANC. EJERCICIO 2012




Promulgación: 30/07/2012
Publicación: 31/07/2012
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 344
Referencias a toda la norma
VISTO: El Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración Nacional de Correos correspondientes al
ejercicio 2012 aprobado por Resolución de su Directorio N° 037/2011 de 30
de diciembre de 2011.

RESULTANDO: I) Que el Poder Ejecutivo contó con el asesoramiento de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la que formuló diversas sugerencias
al Directorio de la Empresa con referencia al proyecto de presupuesto
mencionado.

II) Que dichas sugerencias fueron:

i) Ajustar los ingresos recogiendo las variaciones reales de las tarifas
públicas y el nivel promedio para el año 2012 sujeto a la firma del
Convenio plurianual de acuerdo al artículo 752° de la Ley N° 18.719 de 27
de diciembre de 2010.
ii) Eliminar 78 cargos  e incluir un artículo en las Normas de Ejecución
Presupuestal otorgando la posibilidad de incorporar un máximo de 32
adicionales sujeto a evaluación y previo informe preceptivo de la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto.
iii) Teniendo en cuenta que el Presupuesto resultaba deficitario, incluir
una carta del Señor Ministro de Economía y Finanzas que avalara el monto
global resultante.
iv) Eliminar el literal e) del Artículo 7° Trasposiciones en Inversiones.
v) Agregar en el Artículo 9° Funciones de nivel gerencial,  que la
periodicidad de la evaluación de desempeño de los funcionarios se realice
cada 12 meses.
vi) Agregar en el Artículo 12 Retribuciones Adicionales literal a)
Incentivo al Rendimiento, que el incentivo no podrá superar el límite de
1.5 del Salario Mínimo Postal.
vii) Incorporar en el Artículo 16° la frase "teniendo en cuenta sus
disponibilidades financieras".
viii) Modificar en el Artículo 17° literal c) que las becas podrán
otorgarse por un período de 12 meses, que podrá ser renovado por hasta 6
meses más.
ix) Agregar en el Artículo 20° Salarización de partidas adicionales la
frase "este mecanismo no implicará costo para la Administración".
x) Eliminar el Régimen de Retiros Incentivados propuesto en el artículo
21° de las Normas de Ejecución Presupuestal. Asimismo se solicita se
agregue en el mismo artículo que por la reestructuración de puestos de
trabajo se debe contar con el aval de la Oficina Nacional de Servicio
Civil y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

xi) Disminuir los Gastos de Funcionamiento en miles de $ 14.562.
xii) Incluir la escala salaria y carga horaria en las Normas
Presupuestales.
xiii) Elevar el Plan Estratégico Quinquenal para el período 2011 - 2015.
xiv) Incorporar un artículo en las Normas de Ejecución Presupuestal que
exprese: "La partida máxima que se podrá ejecutar por concepto de
inversiones será la que presupuestalmente se corresponda con la se apruebe
en el Programa Financiero correspondiente al ejercicio 2011.

III) Que por Resolución de fecha 31 de agosto de 2011 el Tribunal de
Cuentas emitió su dictamen constitucional respecto del proyecto de
Presupuesto, efectuando las siguientes observaciones:

"3.2) El Ente no presentó el Informe circunstanciado sobre el cumplimiento
de las metas y programas exigido por el artículo No. 4 de la Ley 16.211 de
10/10/91. -
3.3) Los ingresos que ascienden a un total de $ 614.839.089, se estimaron
en base al criterio de lo devengado cuando debió aplicarse el criterio de
lo percibido, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 12 del TOCAF.

3.4) No se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 5 de la Ley
N° 16.211, por cuanto se presupuestan actividades que no pueden ser
cubiertas con los ingresos directos generados por las mismas, ni se da
cumplimiento a los extremos requeridos por dicha norma para que ello
resulte posible a - Resolución fundada del Directorio del Organismo
aprobada por el Poder Ejecutivo y b- que el organismo en su conjunto sea
superavitario o la ley le otorgue un subsidio directo para desarrollar la
actividad). Tampoco se ha dado cumplimiento a lo establecido por el
Artículo 331 de la Ley N° 18.172, al no constar en el Presupuesto que la
ejecución de los proyectos de inversión estará condicionada a la
formalización de la fuente de financiamiento, estableciéndose su destino y
deberá contar con informe favorable de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.
3.5) El Artículo 17 habilita  la contratación de Becarios y/o Pasantes
"hasta el límite de su asignación presupuestal" y "por un plazo de doce
meses, que podrá ser renovado por hasta otro período igual de doce meses
...", sin prever la dotación presupuestal para atender las referidas
contrataciones y contraviniendo en cuanto al plazo lo dispuesto por el
Artículo 51 de la Ley N° 18.719 de 27/12/10 (máximo 18 meses)".

IV) Que el Directorio de la Administración Nacional de Correos se allanó a
las observaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas y a las
sugerencias de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en su totalidad;
entre ellas, la nota del Señor Ministro de Economía y Finanzas por la cual
aceptaba incrementar el subsidio en hasta $ 225:186.192.

V) Que por Resolución de fecha 8 de febrero de 2012 el Tribunal de Cuentas
emitió su dictamen constitucional respecto del nuevo proyecto de
Presupuesto, levantando las observaciones formuladas en los numerales
3.2); 3.3);  3.4) parcial  y 3.5) y manteniendo la observación de
incumplimiento del artículo 5° de la Ley N° 16.211 por entender que " las
modificaciones aprobadas no subsanan la observación referente a la
imposibilidad de presupuestar actividades que no pueden ser cubiertas con
los ingresos directos generados por las mismas (párrafo 3.4 del Dictamen),
por cuanto la Nota que se adjunta del Ministerio de Economía y Finanzas,
por la que se manifiesta su disposición a incrementar el aporte
establecido en el Tomo 3 del Anexo a la Ley N° 18.719, no se ajusta a
ninguno de los extremos exigidos por la Ley N° 16.211 en el Literal B) del
Artículo 5".

VI) Que surge de lo expresado que en el caso se da la situación de que no
media conformidad respecto del Proyecto de Presupuesto entre el Ente y el
Tribunal de Cuentas, por lo que correspondía su remisión a la Asamblea
General, para resolver en cuanto a la discrepancia suscitada.

VII) Que por Nota de fecha 26 de abril de 2012 el Poder Ejecutivo remitió
el Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración Nacional de Correos a la Asamblea
General.

CONSIDERANDO: I) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emitió su
informe.

II) Que el Tribunal de Cuentas emitió su dictamen formulando observaciones
respecto al financiamiento la que no fue  levantada por el Ente por lo que
la iniciativa presupuestal fue remitida a la Asamblea General.

III) Que la Asamblea General no se expidió en el plazo dispuesto en el
artículo 221° de la Constitución de la República según Nota de la
Presidencia de la Asamblea General de fecha 22 de junio de 2012.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

 Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de
Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la
Administración Nacional de Correos correspondientes al ejercicio 2012, de
acuerdo con el siguiente detalle (en pesos uruguayos).

CONCEPTO                   Monto en Pesos
INGRESOS                      617.628.181
EGRESOS                     1.396.757.075
 - OPERATIVOS               1.092.265.478
 - OPERACIONES FINANCIERAS     19.129.751
 - INVERSIONES                285.361.847
DEFICIT PRESUPUESTAL          779.128.894
FINANCIAMIENTO                788.264.000
SUPERAVIT                       9.135.106

JOSE MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - FERNANDO LORENZO
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