Estará integrada por un delegado titular y un delegado alterno de los
siguientes organismos públicos e instituciones privadas: el Director
Nacional de Logística, Planificación e Inversiones, del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, quien la presidirá, el Director de Asuntos
Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Director Nacional
de Aduanas del Ministerio de Economía y Finanzas. Cada Ministerio
designará asimismo un representante alterno.
En caso de que cualquier votación de la precitada Comisión Nacional
resultare empatada su Presidente tendrá doble voto. El Presidente tendrá
derecho de veto sobre las resoluciones que se adopten, fundándose en
razones de interés nacional. El mismo podrá ser ejercido en la reunión que
se dispuso la resolución o dentro de un término perentorio de cinco días
hábiles, contados a partir del siguiente en que se dictó la misma.
La CONALOG funcionará en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y se
vinculará con el Poder Ejecutivo a través del mismo.
Los miembros de la Comisión y sus respectivos alternos representantes del
sector privado, serán designados por el Poder Ejecutivo en base a
propuestas de las agremiaciones profesionales más relevantes, a saber: dos
a propuesta de las organizaciones más representativas de los sectores
generadores de carga del comercio y la industria, uno a propuesta de las
organizaciones más representativas de la operativa portuaria y
aeroportuaria, uno a propuesta de las organizaciones más representativas
del transporte terrestre, y dos a propuesta de las organizaciones más
representativas de los servicios logísticos a las mercaderías, ya sean
éstas de exportación/importación así como tránsitos y transbordos.
Cada miembro de la Comisión en representación de la actividad privada será
designado con un representante alterno, el cual ejercerá automáticamente
el cargo en ausencia del titular. La duración en el cargo será por
períodos de dos años, renovables por períodos de igual duración.