REGLAMENTACION DEL IMPUESTO AL GAS OIL. IMPUESTO A LA CIRCULACION DE VEHICULOS TERRESTRES CON MOTOR GASOLERO




Promulgación: 28/06/1995
Publicación: 10/07/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 582
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Monto del impuesto. Para los años 1994 y 1995, el monto del impuesto
variará según el tipo de vehículos a que estén incorporados los motores de
acuerdo a la siguiente tabla:

CATEGORIA                               IMPUESTO           IMPUESTO
                                          1994                1995
A - Camiones  y tractores para
    remolque                                  0                   0
B - Omnibus                                $  600             $   870
C - Automóviles de pasajeros
    destinados a taxi o remise            $ 1.200             $ 1.740
D - Restantes automotores de más de
    tres ruedas                           $ 2.400             $ 3.480

 Para determinar el tributo en ocasión de primer empadronamiento, deberá
proporcionarse el monto anual establecido en el inciso anterior al número
de meses que transcurran desde el mes de acaecimiento del hecho generador
hasta el fin del año.
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