VISTO: El Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente al ejercicio
2000;
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
ATENTO: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco Central del Uruguay, a regir desde el primero de
enero de 2000, de acuerdo con el siguiente detalle:
$ $
I - INGRESOS 3:950.812.448
1. Intereses 2.664:292.322
2. Utilidades de Cambio 803:334.486
3. Comisiones 45:559.241
4. Otros Ingresos 437:626.399
II - PRESUPUESTO OPERATIVO 724:103.464
RUBRO DENOMINACION $ $
0 RETRIBUCION SERV. PERSONALES 400:633.580
011311 Sueldos básicos carg. presup. 224:778.568
Directores 1:052.304
011312 Increm.Mayor Horario Perman. 39:835.568
011313 Dedicación Total 42:005.872
011315 Diferencia por Subrogación 1:233.752
011316 Prima por Antigüedad 8:746.896
019311 Sueldo Anual Complementario 28:835.824
019312 Aportes pers.s/aguinaldo 8:858.068
021321 Sueldos Básicos pers.contrat. 6:370.452
021322 Increm.Mayor Horario Perman. 1:087.432
021323 Dedicación Total 1:146.680
021326 Prima por Antigüedad 147.808
029321 Sueldo Anual Complementario 729.364
029322 Aportes pers.s/aguinaldo 224.052
061301 Por trabajo en horas extras 8:964.564
061303 Por Prima a la eficiencia 9:532.652
061304 Por funciones dist.al cargo 2:102.264
061305 Comp.por horarios especiales 2:800.608
061309 Comp.pers.por Reest.-Presup. 4:826.340
061311 Otras comp.adic. (nueva estr.) 735.816
061312 Adel.a cuenta (Retr.reestr.) 493.496
062311 Gastos de Representación 367.908
062313 Otras comp.adic. (estr.anter.) 371.260
077 Quebranto de Caja 3:577.872
079 Subsidio Ex Directores 1:808.160
1 CARGAS LEGALES S/SERV.PERSON. 108:275.136
111 Aporte patron.sist.seg.soc. 104:301.740
133 Impuesto s/retrib.person. 3:973.396
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 27:180.717
3 SERVICIOS NO PERSONALES 143:829.436
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 39:054.288
70 Donaciones Varias 1:822.500
751 Prima por Matrimonio 14.844
752 Hogar Constituido 1:359.588
753 Prima por Nacimiento 29.676
754 Prestación por Hijo 17.460
774 Contrib.por Asist.Médica 28:187.204
779 Otras 648.020
791 Imp. a la compra de M/E-IMCOME 3:212.236
792 Tributos municipales 3:762.760
9 ASIGNACIONES GLOBALES 5:130.307
III - OPERACIONES FINANCIERAS 7.405:065.807
RUBRO DENOMINACION $
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS 7.405:065.807
81 Amortiz.Deuda Interna 3:456:884.648
82 Amortiz.Deuda Externa 643:756.657
83 Ints. Deuda Interna 617:994.769
84 Ints. Deuda Externa 679:187.709
85 Dif.cambio y Aj.monet. 521:582.065
89 Otros intereses 1.485:659.958
IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES 29:868.405
RUBRO DENOMINACION $
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBIL.NUEVOS 25:443.424
6 CONSTRUCC.,MEJORAS Y REP.EXTR. 4:424.981
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos, que forman parte
de este Decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, se expresan a nivel salarial vigente a
partir del primero de enero de 2000.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización de $ 11,30 (once pesos uruguayos con
30/100) por dólar estadounidense.
Las restantes partidas en moneda nacional están expresadas a precios
promedio del período enero - diciembre de 2000.