FIJACION DE PORCENTAJES DE EXPORTACIONES COMPENSATORIAS PARA LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ. JULIO 1983




Promulgación: 12/07/1983
Publicación: 21/07/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 64

Artículo 6

  Para la inscripción en el registro mencionado en el artículo anterior,
sólo será necesario acreditar el cumplimiento de los requisitos
establecidos en el artículo 2º, literales a), b), c) y d) del decreto
128/970, de 13 de marzo de 1970, derogándose los artículos 4º y 5º del
referido decreto. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9.
Referencias al artículo
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