GASES MEDICINALES




Promulgación: 19/07/2005
Publicación: 25/07/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 339

CAPITULO II - HABILITACIONES DE EMPRESAS

Artículo 4

 Exigencias generales
1- Las empresas comprendidas en el presente Decreto deben contar, previo
a su funcionamiento, con habilitación de la autoridad sanitaria de
acuerdo al Decreto-Ley No. 15.443 de 5 de agosto de 1983 y sus decretos
reglamentarios. Las empresas que se encuentren funcionando al momento de
aprobado el presente Decreto, contarán con un plazo de 6 meses para
adecuarse al mismo.
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